martes, octubre 07, 2008

LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDADANÍA.


Es menester para aquellos que estudian ciencias sociales (en especial los de sociología), conocer el porqué este término a cambiado con el tiempo (en el hecho de como se trata a la persona), y su acción dentro de una Sociedad. Este ensayo corto, sin embargo tratando de entender su ejercicio dentro de la misma Sociedad (entiéndase esta como el intercambio de idas entre, mínimo, 2 personas), y su interacción frente al Estado (institución que no existe en "cuerpo", pero sí se traduce en el cumplimiento de las leyes, en donde está reflejada dicha institución), y su accionar frente a los contextos sociales específicos.

Es importante, epistemológicamente, entender que el término "Ciudadanía" no es la misma hoy como hace unos 100 años: el ciudadano ecuatoriano no es el mismo, de hecho y derecho, que el ciudadano ecuatoriano de 1908. Se sabe que en épocas de inicios de la república, para ser ciudadano se necesitaba ser ecuatoriano y tener determinada cantidad de bienes y ganar tal cantidad de dinero, por lo tanto, algunos esclavos no eran ciudadanos. Hoy ese mito se ha roto, no por el hecho de que se establece en la ley, sino que la razón de los tiempos no puede sostener tal tesis y, lo más importante, es que el ciudadano como tal, se ejerce dentro de un Estado que regula la convivencia del mismo con los otros.

La ciudadanía no se otorga con el nacimiento de una persona, sino que esta se ejerce de acuerdo al cumplimiento de sus deberes y el reconocimiento de sus derechos, se dirá que un niño cuando nace es ciudadano por el hecho de reconocérsele ante la ley, lo cual es válido el reconocimiento, ya que establece como una norma de convivencia y respeto a sus derechos (del niño), pero la ciudadanía como tal no se establece como ese estado de etapa de vida, ¿Puede un recién nacido hablar de sus derechos o cumplir con sus deberes?, por eso están sus padres, quienes con su poder, les hacen cumplir, pero el niño solo no; un demente también queda fuera de este rango, aunque siendo adulto, debe ser sujeto a ley para que cumpla una pena que la sociedad le imponga.

La Sociedad forma a la ciudadanía en tanto el intercambio de ideas se dé en la interrelación social, ya que la ciudadanía se da en el hecho de "saber, "conocer", "informarse", "expresar", el cual ilimita su rango de acción frente a los hechos, los cuales se sujetan a la existencia misma de ser social que ejerza la ciudadanía. La ciudadanía se desarrolla en cuando no solo se limita a ese tipo expresado como tal, sino que dentro de la Sociedad muta, por ejemplo se transforma en "consumidor", "cliente", "abonado", "usuario"; esta mutación le permite al ciudadano poder no quedar atrapado en su simple concepción del mismo, sino que de acuerdo a determinado contexto social se desenvuelve; esta mutación le da un toque especial, ya que ciertamente se puede malinterpretar su accionar frente a otras personas; ya que ellas no tratan al otro el ciudadano, sino como las denominaciones anteriores, lo que podría generar distorsiones, entonces ahí entra el detalle que puede darse en un cliente, que al verse afectado por un mal servicio, este puede acudir ante un tribunal a pedir un rectificación de acuerdo a las leyes; es, en ese momento, cuando se convierte en Ciudadano, y se da la existencia del Estado como ente armonizador de la misma, que debe tener, en ley, el poder de sancionar correctamente que es lo debido y lo indebido, sin embargo, este Estado no puede socavar el principio de la privacidad, ya que estaría violentado dicho principio que se consagra universalmente como derecho humano.

La ciudadanía dentro de la opinión pública del Ecuador ha estado alienada de sus derechos y deberes, ya que sin estos no pueden exigir, ni tampoco ofrecer tal cosa, aunque se da el primer caso, el segundo es casi inexistente; y el caso de poder ofrecer el cumplimiento de deberes no es una situación que tenga que ver con lo legal, ya que sería legalicista (como el del niño recién nacido), sino que se atañe al cumplimiento de algo normal y que debe ser sujeto consuetudinario dentro de la convivencia de una Sociedad; el caso es cuando un vigilante para a un chofer y este le pregunta qué pasa, y el vigilante le dice el porqué y seguramente lo multa, lo cual debe ser refutado, como es, por el chofer; el padre y la madre de familia establecen normas de convivencia dentro de su hogar y los hijos deben (y tienen en último caso, si estos no se apelan con sentido común), acatar lo establecido, lo cual se debe dar, ya que ellos desean lo mejor para sus hijos.

La ciudadanía establecida aquí debe darse (se da entendiéndose mejor), en países cuya estructura esta organizada por Constituciones (no es por esto el título aclaro), en donde se dan, comúnmente, gobiernos parlamentarios o presidenciables; no se dan en casos (según mi apreciación y según lo que sé), en sociedades religiosas (como las musulmanas), o las de disputas étnicas (caso las balcánicas), y en donde el nivel de vida es muy dispar (como las africanas, en su mayoría).

Esta constitución de una ciudadanía, para culminar, se debe dar en torno a una sociedad donde la opinión pública este enterada de sus derechos; espero que el Ecuador se genere (así aspiro), a una ciudadanía conocedora de deberes y derechos capaz de discernir entre lo correcto y lo incorrecto, de una "Ciudadanía telemática" (entiéndase esta en donde se aplican las técnicas de la telecomunicación y de la informática para informarse de todo evento que atañe a la Sociedad)*, y que puede sacar del atraso a este país.





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